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Propiedad Horizontal. Comunidad de Propietarios.- ¿debe soportar el co-propietario los gastos procesales en los que ha incurrido la comunidad de propietarios en el pleito habido entre ellos?.

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El Tribunal Supremo dicta sobre los gastos procesales en pleitos de comunidad de propietarios. Detalles de la sentencia aquí.

La sentencia del Tribunal Supremo de 31 de mayo de 2021 recuerda su jurisprudencia en el sentido de que si el co-propietario ha visto reconocidas judicialmente -total o parcialmente-  sus pretensiones, ese co-propietario no debe contribuir al pago de los desembolsos que haya tenido que hacer la comunidad de propietarios con motivo del procedimiento. 

La consecuencia de ello es que si ha habido un litigio contra un co-propietario (sea como demandante o como demandado)  al que el tribunal le ha reconocido total o parcialmente sus pretensiones, en las cuentas de la Comunidad habrá que distinguir como partida  separada los gastos en que haya tenido que incurrir la Comunidad y sufragarlos entre todos los miembros con exclusión de aquel co-propietario. 

Para acceder al texto de la sentencia clica aquí. 

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